viernes, 14 de enero de 2011

¡PROHIBIDO FUMAR!



Según la interpretación que el Colegio de Administradores de Madrid efectúa de la normativa anti-tabaco, está prohibido fumar:

- En centros de trabajo, públicos o privados (incluidas las Comunidades de Propietarios), salvo en los espacios al aire libre.

- En los ascensores y montacargas.

- En los parques infantiles y zonas de juego infantiles aunque estén al aire libre, incluida la zona infantil de las piscinas comunitarias.

- En todos los demás espacios cerrados que sean de uso público o colectivo (como las Comunidades de Propietarios o los edificios en arrendamiento vertical), incluidos portales, pasillos, escaleras, descansillos, gimnasios comunitarios, cuartos comunitarios, por supuesto garajes, etc.

No hay comentarios:

Apartados de este blog por orden alfabético: