lunes, 23 de junio de 2008

¿Se detallan en el Convenio Laboral las obligaciones de un empleado de finca urbana? ¿Y sus límites?




Pues sólo de manera genérica: limpiar y vigilar (las dos fundamentales), cuidar la calefacción si lo tiene encomendado, y avisar de incidencias. Pero no se concreta cómo tiene que limpiar (pregunta muy habitual): si el empleado está incumpliendo funciones, la Comunidad tendrá que hacerle firmar un listado con tareas y tiempos.

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