No, no es posible, por mucho que delegue su arrendador, incluso notarialmente.
El Presidente siempre será el propietario, otra cosa es que delegue sus funciones "corrientes" en un inquilino, un familiar, otro vecino de confianza, etc. Pero, por ejemplo, en el Banco donde esté la cuenta comunitaria ha de firmar el propietario.
El Presidente siempre será el propietario, otra cosa es que delegue sus funciones "corrientes" en un inquilino, un familiar, otro vecino de confianza, etc. Pero, por ejemplo, en el Banco donde esté la cuenta comunitaria ha de firmar el propietario.
No hay comentarios:
Publicar un comentario